Los principios para tener en cuenta sobre la rendición de cuentas del SGSST

¡Bonito día! Gracias por leernos.

Tiene que ver con la rendición de cuentas del SGSST. Para comenzar, hay que aclarar que existe una diferencia clara entre revisión y rendición de cuentas. De acuerdo al decreto 1072 del año 2015, es un mecanismo que se debe realizar a las personas que tienen responsabilidades dentro del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. De ese modo, anualmente, estos actores pueden responder cómo ha sido su respuesta a las responsabilidades que se les han asignado inicialmente.

Estamentos definidos tales como el vigía de seguridad y salud, el comité de convivencia, brigada de emergencias, los SISO de obra, la alta dirección, los empleados, el comité de seguridad vial, empresas de servicios temporales, del mismo modo que los empleados en misión, en caso de que los hubiera, deben entregar esta rendición de cuentas. Esta rendición de cuentas se alimenta de un documento de asignación de responsabilidades, donde deben ir registrados datos importantes tales como el rol, sus responsabilidades, niveles de autoridad y mecanismos a través de los cuales van a rendir cuentas

En este documento, se deben indicar la manera en la que cada año se va a solicitar rendición de cuentas, lo podrías hacer a través de una encuesta virtual, la revisión del comportamiento del trabajador durante todo el año, o en el mejor de los casos -es lo que te recomiendo hagas-, vincular esta rendición a la evaluación de desempeño laboral que la empresa realiza.

Antes te decía, que no es lo mismo rendir cuentas, a revisar por parte de la alta dirección, la diferencia está en que esta última es responsabilidad de la alta dirección y tiene por objeto analizar la efectividad y aporte que el SG-SST ha realizado a la gestión de los riesgos, mientras que la rendición lo único que busca establecer es si los actores o partes interesadas del sistema cumplieron con sus responsabilidades

La rendición hace parte de la revisión, pues en conjunto, ambas le dan a la dirección una noción clara de los comportamientos en materia de salud ocupacional y vigilancia epidemiológica, como se ha visto en anteriores publicaciones de este mismo blog. ¿me hago entender sobre la diferencia?, ¿sabias esta diferencia?, déjame los comentarios más abajo, quiero saber lo que piensas.

Hay que aclarar que tanto la rendición de cuentas, como la revisión, pueden integrarse en un solo documento, sobre todo para el caso de empresas medianas y pequeñas; cuando se trata de empresas mucho mayores, estos dos procedimientos suelen hacerse de manera separada e independiente, para evitar confusiones que puedan surgir. Todas las áreas y componentes de las mismas, deberán estar dispuestos a suministrar la información necesaria para llevar a cabo estos importantes procesos, cuando la empresa lo considere así. Por lo general, existe un área dentro de la empresa, encargada de la operación.

Ya sabes que me encanta aportarte información de valor, por eso te sugiero que los criterios que tengas en cuenta para la realización de la rendición de cuentas, los órdenes así: avance, cumplimiento y deficiencias del plan anual de trabajo, estado actual de la intervención sobre los peligros, desempeño en relación a los indicadores de los diferentes programas, investigación de accidentes y enfermedades laborales, cumplimiento de los planes de acción establecidos, análisis del ausentismo laboral, cumplimiento de los requisitos legales y de soporte del SG-SST y finalmente, la evaluación del desempeño del SG-SST elaborada por la alta dirección.

¿qué opinas de estos criterios?, hazme un regalo, déjame tu respuesta más abajo.

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